El sector de la hostelería en la Comunitat Valenciana tiene una peculiaridad que lo distingue del resto de España: sus convenios provinciales suelen repartir el salario anual en 15 pagas en lugar de las 14 habituales en la mayoría de territorios, gracias a una paga extraordinaria adicional que coincide con las Fallas en el caso de Valencia. Sin embargo, esa singularidad no impide que los sueldos base mensuales figuren entre los más bajos del país para esta categoría profesional.
Según las tablas del convenio provincial de hostelería de Valencia, actualmente en ultraactividad mientras se negocia su renovación, un camarero o camarera de la Tabla I —bares, cafeterías y restaurantes— cobra un salario base de en torno a 1.215 euros brutos mensuales, frente a los 1.432 euros de Alicante. Los hoteles de cuatro y cinco estrellas aplican una tabla superior, con un salario base algo mayor para la misma categoría, lo que genera una brecha interna dentro de la propia provincia según el tipo de establecimiento.
A esta cifra de convenio hay que sumar, en muchos casos, las propinas, que no computan en nómina ni cotizan a la Seguridad Social. En bares de barrio pueden ser una cantidad simbólica, pero en restaurantes de ticket medio-alto o en zonas turísticas de la Costa del Azahar o la Costa Blanca pueden suponer varios cientos de euros adicionales al mes en temporada alta. El problema, señalan los expertos en materia laboral, es que ese dinero no aparece en la nómina y por tanto no cuenta para la jubilación ni para la prestación por desempleo.
A diferencia de otras comunidades autónomas, donde también existen distintos convenios provinciales o sectoriales, la Comunitat Valenciana mantiene convenios diferenciados para Valencia, Alicante y Castellón. Esto explica que un camarero pueda percibir un salario distinto según la provincia en la que trabaje, incluso desempeñando el mismo puesto dentro de la misma comunidad autónoma.
Nota: todas las cifras salariales y fiscales recogidas en este documento son orientativas y proceden de fuentes públicas y portales especializados en empleo y fiscalidad actualizados a 2026. Los importes reales pueden variar según el convenio colectivo aplicable, la empresa, la experiencia del trabajador y la situación personal de cada contribuyente. Se recomienda consultar con una gestoría o asesoría fiscal para casos concretos.



